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Normativa de patinete eléctrico en 2022: ¿Cúal es la legislación actual?

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Barcelona obligará a llevar casco, luces y timbre en patinete eléctrico y tener un seguro.  

La normativa y legislación actual de los patinetes eléctricos en España está siendo revisada y actualizada constantemente debido al Boom que han tenido éste tipo de vehículos eléctricos. Por regla general, deberemos circular por los carriles bici, con una velocidad moderada, para no perjudicar a los demás patinadores o ciclistas. 
 

NUEVO REAL DECRETO DGT PARA 2022

  • La velocidad máxima permitida será 25 km/h. No cumplir esta norma tendrá una sanción de 500€ y la inmovilización del vehículo. Es necesario presentar la ficha técnica del patinete donde se muestre la conformidad CE de que el patinete cumple las normas con sus especificaciones de fabricante. Puedes descargar las principales fichas técnicas de patinetes desde este artículo.
  • El casco es obligatorio en TODOS los patinetes eléctricos tras la actualización de esta reforma en septiembre de 2021.
  • No se podrá circular con patinetes eléctricos por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco se podrá circular por por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que comuniquen poblaciones. De igual manera queda prohibida la circulación por túneles urbanos.
  • Sigue estando prohibido circular con patinete cuando hemos bebido alcohol, o con auriculares puestos.
  • Sigue estando prohibido transportar más de 1 persona en el patinete. Son vehículos uni-plaza.
 

¿ES OBLIGATORIO EL USO DE CASCO CUANDO MONTO EN PATINETE ELÉCTRICO?

Si bien en la instrucción emitida por la Dirección General de Tráfico en 2019, el uso del casco y otros elementos de protección se regía por la ordenanza municipal, desde el año 2021, se ha establecido el uso obligatorio del casco para los patinetes.

En los últimos años hemos presenciado un incremento exponencial en el uso de los patinetes eléctricos. Se han convertido en cuestión de un par de años, en uno de los vehículos de movilidad personal más populares (la demanda ha aumentado más de un 1000%), especialmente en los entornos urbanos. Han llegado para quedarse, son versátiles, muy cómodos de conducir y trasladar, tienen precios asequibles y son una excelente opción de movilidad sostenible

Por contraparte, el aumento significativo del número de patinetes en circulación constituye un problema de seguridad vial bastante importante. Y es que los patinetes se incluyen en la categoría de vehículos de movilidad personal, uno de los colectivos más vulnerables, pues ofrecen una protección mínima a sus usuarios, los cuales se encuentran en riesgo alto de sufrir lesiones en caso de accidentes. Es cierto que si bien no suelen ser lesiones muy graves, es también verdad que casi un tercio de los pacientes sufren traumatismos craneoencefálicos. 

Ante esta tesitura, en la que se viene reportando un aumento en los accidentes en vías urbanas aparejado al creciente uso de vehículos de movilidad personal como los patinetes, se han venido estableciendo diferentes medidas orientadas a proteger a los usuarios de estos equipos, peatones y demás vehículos. Como ha reconocido la DGT, el casco es la principal medida de protección para conductores de bicicletas, patinetes, etc. y se ha venido concientizando desde hace tiempo en la importancia de su uso.
 

¿ES OBLIGATORIO CONTRATAR UN SEGURO PARA PATINETE?

En este momento es obligatorio la contratación de un seguro únicamente en Benidorm, Alicante y Barcelona. Esta última ha sido la última en unirse a la obligatoriedad en 30 de abril de 2021. Conforme haya más ciudades donde sea obligatorio actualizaremos os iremos informando como siempre hacemos.


Si vas a utilizar tu patinete eléctrico para uso personal o para prestarlo, asegurarlo por tanto es opcional. Nada ni nadie te obligan a asegurarlo, pero si no lo haces y tienes un accidente mientras conduces tu patinete eléctrico, todos los daños los tendrás que pagar tú.

La DGT ha lanzado el 4/12/19 una instrucción transitoria que regula el uso del patinete y que será sustituida por una instrucción definitiva en 2020.

Si bien es cierto, sin embargo, que en algunas ciudades se están adelantando a la nueva legislación definitiva de la DGT y algunos municipios han lanzado su propia normativa sobre seguros para patinete, así que hay que estar al tanto.
 

¿CÚAL ES LA LEGISLACIÓN ACTUAL? ¿POR DÓNDE PUEDO CIRCULAR?

Como norma general, deberemos circular con nuestros patinetes eléctricos por los carriles bici. Eso sí, los conductores de patinetes eléctricos deben saber que los peatones siempre tienen preferencia. Por lo tanto, los patinetes eléctricos deben de esperar en los pasos de cebra y en los semáforos como si fueran un vehículo normal o una bicicleta.
 
Los patinetes eléctricos también podrán circular por las vías pacificadas siempre que la velocidad a la que circulan sea inferior a 30 km/h. En las calles peatonales, los patinetes eléctricos pueden circular por la calzada de manera totalmente legal. También podrán circular en calles peatonales al uso, así como en parques al aire libre.
Sin embargo, no existe una norma a nivel estatal que defina de manera homogénea por dónde podemos circular con éste tipo de vehículos eléctricos, por ello, es casi obligatorio consultar en nuestra ciudad. El Gobierno ya prepara un Real Decreto sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP), con las siguientes novedades:
  • Limita la velocidad máxima entre 6 y 25 km/h.
  • No se consideran vehículos a motor y por tanto no están obligados a contratar un seguro (cuando son propiedad de un particular porque los ayuntamientos sí están exigiendo un seguro a las empresas de alquiler).
  • No se puede circular por vías interurbanas.
  • Se necesitará permiso de circulación 
  • No será obligatorio matricularlos.
La normativa actual define que existen diferentes tipos de patinetes, según su velocidad y potencia; A, B, C0 (éste tipo sólo se define en algunas comunidades), C1, C2. Están ordenados de menor a mayor potencia. Por regla general (hay que leer específicamente la normativa de cada comunidad), ninguno de los patinetes puede circular por la acera. Los patinetes de tipo A (los menos potentes, hasta 20 km/h), podrán circular por la acera respetando la distancia entre los peatones y sin ir a más de 10 km/h. Este tipo de patinetes pueden ir por carriles bicis de todo tipo.
 
 
27 Enero 2022

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