Con el Seguro decenal de daños a la edificación, los edificios quedan cubiertos frente a daños materiales cuya procedencia o afectación sobre la estructura comprometan la resistencia mecánica o estabilidad de la construcción. Es un seguro de daños materiales obligatorio para los promotores de viviendas en nuestro país, que se rige por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (BOE núm. 266, del 11.06.1999), con el principal objetivo de fomentar la calidad en las edificaciones y ofrecer una garantía a los futuros adquirientes de las viviendas construidas.
Para todo tipo de edificios: Viviendas, naves industriales, hospitales, centros comerciales, etc.
Sucesión: Protege al promotor, tomador del seguro, y a los sucesivos propietarios que adquieran el edificio.
Revaloración: Se realiza de manera automática con la contratación de la garantía de indexación.
Ampliable: Además de la cobertura básica se pueden añadir otras complementarias.
Cuando adquirimos una vivienda, un local, una nave o cualquier otra construcción esperamos que sea de la mejor calidad, es decir que su estructura, materiales y demás elementos que la conforman estén en su mejor estado. Para garantizar esto existen leyes que lo regulan, como la ley 38/1999, de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación, la cual fomenta la calidad de las edificaciones y ofrecer una garantía a las personas que las adquieran en un futuro. Dicha ley obliga a las constructoras a poseer un seguro de Ingeniería Decenal, el cual cubre los daños materiales que puedan afectar a la estructura y comprometan la resistencia mecánica o la estabilidad de la construcción, este seguro es obligatorio en nuestro país.
A pesar de que la naturaleza de este seguro sea obligatoria se trata de un servicio muy útil e imprescindible si queremos proteger nuestra construcción y a los futuros clientes que la adquieran. Por ello la mayoría de edificaciones están incluidas en la cobertura de este seguro de Ingeniería Decenal, como las viviendas, hospitales, naves industriales, centros comerciales, etc. Además de proteger al promotor, también protege al tomador del seguro y a los futuros propietarios del edifico, quienes en caso de daño estructural o material no deberán pagar nada.
Tan solo es obligatorio contratar el seguro básico, pero si queremos estar mucho más amparados podemos ampliarlo para poseer más servicios complementarios, como la revalorización de la suma asegurada con el paso del tiempo, o la impermeabilización de fachadas, cubiertas, terrazas y azoteas en caso de que se requiera.
Si tienes alguna duda acerca de todo lo que ofrece el seguro de Ingeniería Decenal puedes contactar con nosotros, para que estudiemos tu caso de una manera más minuciosa y creemos el seguro que más se adapte a tus necesidades y circunstancias.